Trata y lavado de activos: fiscales neuquinos se quejaron y consiguieron un contundente fallo
Una investigación que se vio frenada por un imprevisto pronunciamiento del juez de garantías movilizó a la parte acusadora, que recurrió a la Cámara Federal de Roca y logró un importante giro.

Una investigación que se vio frenada por un imprevisto pronunciamiento del juez de garantías movilizó a la parte acusadora, que recurrió a la Cámara Federal de Roca y logró un importante giro.
Tras lo resuelto por la Cámara Federal de General Roca, los fiscales neuquinos podrán avanzar con la causa abierta por trata de personas y lavado de activos.
Una causa por los delitos de trata de personas y lavado de activos que parecía caída cobrará un nuevo impulso a partir de un contundente fallo dictado por la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca.
La novedad fue revelada por el Ministerio Público que, además de brindar pormenores de la presentación realizada por fiscales federales neuquinos, destacó los principales párrafos de la resolución dictada por los camaristas roquenses. De igual modo, no se brindaron otros detalles de la causa que se encuentra en plena investigación y que se remontaría a mediados de junio de este año.
La presentación fue realizada a partir de lo resuelto por el juez de garantías de Neuquén, Gustavo Villanueva, quien el pasado 14 de agosto rechazó la formulación de cargos en contra de dos personas "por considerar que la fiscalía no había alcanzado el grado de certeza probatoria requerido para esa instancia".
Frente a esta situación, el Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Neuquén -a cargo de la fiscal federal Ángela Pagano Mata y representada en la audiencia por los auxiliares fiscales Jesús Gabriel Mercado y Rodrigo Nicolás Quinteros- decidió avanzar con una impugnación ante la Cámara roquense.
La víctima de trata de personas fue rescada de una casa del barrio Martín de la ciudad santafesina de Rosario.
Los jueces con funciones de revisión Richard Fernando Gallego y Mariano Roberto Lozano señalaron que la negativa del juez Villanueva impedía la continuación de las actuaciones, lo que cobraba especial relevancia debido a que los plazos legales previstos en el artículo 253 del Código Procesal Penal Federal (CPPF) son perentorios.
Al analizar el planteo, el tribunal revisor delimitó la función del juez de garantías en la audiencia prevista en el artículo 254 del CPPF y señaló que la formalización constituye esencialmente un acto de comunicación de cargos.
En ese marco, los magistrados remarcaron que el control judicial debe limitarse a verificar la legalidad, inteligibilidad y regularidad del acto, con el objeto de garantizar el derecho de defensa, pero no puede convertirse en una evaluación anticipada sobre la pertinencia o el mérito de la evidencia reunida por la fiscalía.
En particular, el juez Gallego sostuvo que "la ley no sostiene que el juez deba inmiscuirse en la actividad investigativa y la decisión tomada por el MPF". Respecto del grado de certeza requerido, explicó que "la formalización no clausura la investigación, sino que permite su prosecución respecto del imputado" y agregó que "la hipótesis comunicada queda, por decisión, sujeta a corroboración, modificación o descarte mediante las medidas que posteriormente se produzcan". De esta manera, acordó con lo expuesto por la fiscalía que advirtió que "exigir un grado de certeza probatoria en esta instancia inicial resulta improcedente, ya que la facultad de formalizar es una atribución autónoma del Ministerio Público Fiscal".
En relación con la formalización, Lozano explicó que no es necesario que el MPF haya reunido la totalidad de la prueba que sustente su hipótesis del caso. En ese sentido, sostuvo: "Es más, me animo a decir que aun cuando los jueces no compartamos absolutamente la valoración que hizo de esos indicios significativos el MPF, bastará para habilitar la formalización, con que no pueda descartarse la hipótesis del MPF".
Al revisar lo actuado, el tribunal constató que la fiscalía había individualizado a las personas investigadas, descripto los hechos atribuidos, indicado las calificaciones jurídicas, su grado de participación y expuesto los elementos de convicción que sustentan la imputación. Asimismo, verificó que la defensa había podido conocer la hipótesis fiscal y controvertirla durante la audiencia.
La causa abierta tendría relación con un procedimiento realizado en junio de este año en Neuquén capital y que estuvo encabezado por efectivos de la Prefectura Naval Argentina (PFA). Entre las particularidades del despliegue de las fuerzas de seguridad federales, se destacó el secuestro de una suma millonaria de dinero.
Respecto de las personas rescatadas, intervinieron agentes del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas y del Centro de Asistencia a la Víctima del Delito (CAVD) de Neuquén. Los allanamientos se desarrollaron en dos propiedades de Neuquén capital.
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Fuente: LM Neuquén
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