Un abogado libertario "discriminó" a la comunidad islámica en redes: ahora tendrá que pagar y pedir disculpas
Se trata de Alejandro Sarubbi Benítez, quien conduce un programa en Carajo -canal de streaming oficialista-. La Justicia homologó un acuerdo que contempla una donación al Hospital de Niños Pedro de Elizalde y un pedido público de disculpas.

Se trata de Alejandro Sarubbi Benítez, quien conduce un programa en Carajo -canal de streaming oficialista-. La Justicia homologó un acuerdo que contempla una donación al Hospital de Niños Pedro de Elizalde y un pedido público de disculpas.
Alejandro Sarubbi Benítez, el abogado libertario que discriminó a la comunidad islámica.
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La Justicia homologó un acuerdo que cierra una causa penal contra el abogado Alejandro Sarubbi Benítez, quien había publicado mensajes discriminatorios contra la comunidad islámica. Como parte del acuerdo, deberá donar $200.00 al Hospital de Niños Pedro de Elizalde y publicar una disculpa pública.
La causa penal se inició por una serie de publicaciones realizadas el 11 de febrero de 2025 desde la cuenta de X del letrado libertario. Según la resolución judicial, los mensajes fueron considerados "discriminatorios, intimidatorios e incitaban a la violencia colectiva".
La denuncia había sido presentada por el Centro Islámico de la República Argentina.
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El acuerdo conciliatorio fue impulsado por la defensa del abogado y contó con la aceptación de la querella y del fiscal Carlos Rívolo. El juez federal Julián Ercolini finalmente homologó el entendimiento, que establece las condiciones para poner fin al proceso penal.
Sarubbi conduce un programa en Carajo -canal de streaming oficialista- y hace unos días fue denunciado por decir al aire que el conurbano bonaerense "ya no tiene salvación", por lo que sus habitantes deberían ser exterminados, esterilizados y confinados detrás de "un muro de 15 metros de altura".
"Telefé metió un cabeza de toalla en Gran Hermano. El peor canal de la historia argentina", decía uno de los mensajes en referencia al ingreso al programa Gran Hermano de un integrante de la comunidad islámica.
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En el mismo día, más tarde publicó: "No quiero cabezas de toalla en Argentina. No son bienvenidos en el país de la libertad. Vayan a lapidar mujeres y a violar niños y ovejas a otra parte".


Y siguió agraviando al decir: "Odio profundamente a los cabeza de toalla. Soy completamente islamofóbico. Detesto su cultura violenta, retrógrada, retrasada y pedófila, y pagaría por ver reventado hasta el último hijo de mil puta de esos coge oveja".
A estos mensajes, según la resolución judicial, también sumó: "Buen día para toda la gente normal que odia a los cabezas de toalla".
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En el proceso de la investigación, la defensa de Sarubbi Benítez llevó a la Justicia un acuerdo de conciliación que la querella aceptó.
Tras manifestar "un sincero arrepentimiento por las expresiones vertidas", el abogado libertario tomó el compromiso de publicar sus disculpas, también por la red social X por donde había hecho los agravios.
En el posteo de retractación, también aceptó que sus expresiones "brotaron del desconocimiento", dijo que visitó el Centro Islámico donde se interiorizó sobre la comunidad y reconoció que "han podido ser ocasión de sufrimiento y ofensa en los sentimientos religiosos de quienes pertenecen a esta comunidad".
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En parte del texto de disculpas que Sarubbi Benítez deberá publicar se conoció también que dice: "Luego de una seria reflexión respecto de mis manifestaciones el 11 de febrero de 2025 en la red social 'X', habiendo conocido de manera personal el Centro Islámico de la República Argentina y a parte de sus autoridades, más sobre su fe y cultura, y el largo camino que esta comunidad lleva en nuestro país, vengo a ofrecer mis más sinceras disculpas por mis manifestaciones".
Por su parte, el juez Ercolini dijo que este estilo de sanciones pretende "lograr una solución al conflicto que cumpla con los requerimientos y necesidades de cada una de las partes".
A su vez, agregó que "las frases proferidas por el imputado en la red social X, más allá de su contenido, no adoptaron una forma notable de violencia grave sobre una víctima, conforme lo exigido normativamente por artículo 34 del C.P.P.F., en tanto se desarrollaron mediante expresiones publicadas en una red social, destinadas, no a una persona en su individualidad, sino a una comunidad religiosa".
Fuente: Los Andes
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