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Un condenado por homicidio y narcotráfico que casi no estuvo en la cárcel: quién es y por qué ahora va preso

En un sorprendente fallo del tribunal provincial el homicida y narco recibió la pena mínima. Tras 10 años del raíd criminal que comenzó en Zapala, le dieron prisión efectiva.

Por LM Neuquen8 min de lectura
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Un condenado por homicidio y narcotráfico que casi no estuvo en la cárcel: quién es y por qué ahora va preso
Un condenado por homicidio y narcotráfico que casi no estuvo en la cárcel: quién es y por qué ahora va preso · Foto: LM Neuquén

En un sorprendente fallo del tribunal provincial el homicida y narco recibió la pena mínima. Tras 10 años del raíd criminal que comenzó en Zapala, le dieron prisión efectiva.

Después de haber sido condenado por homicidio, vender drogas durante la libertad condicional y participar en un nuevo ataque armado mientras debía cumplir la prisión domiciliaria, la Justicia dispuso finalmente que un convicto cumpla prisión efectiva.

La resolución, que aún no quedó firme, espera ponerle fin a una trayectoria de violencia de Carlos Raúl Carrasco. Su recorrido en la Justicia por los distintos delitos que cometió terminó acumulando una pena única de 12 años de prisión.

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Sin embargo, durante buena parte de ese tiempo no estuvo en una cárcel: cumplía el castigo bajo la modalidad de prisión domiciliaria, con autorización para trasladarse a trabajar a Añelo.

La historia judicial de Carrasco comenzó cuando tenía 32 años con el homicidio de Jhonatan Antigual ocurrido en Zapala hace diez años. "Dijo que se defendió del robo del estéreo de su auto y que el arma la llevaba el amigo de la víctima", indicó una fuente cuando recién comenzaba la investigación. Sin embargo, se reconstruyó que el hecho ocurrió alrededor de las ocho y media de la tarde de un caluroso 20 de diciembre de 2016.

Antigual iba caminando en compañía de un amigo cuando Carrasco lo llamó desde su domicilio. El joven no hizo caso al llamado y continuó su camino pero cuando llegó a la esquina de Mendoza y Santiago del Estero, Carrasco lo alcanzó, le puso un revólver a pocos centímetros de la base del cráneo y le disparó.

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El joven de Zapala de solo 18 años fue encontrado en la calle por la policía y murió tras agonizar en el hospital Castro Rendón. Por ese hecho la Fiscalía había pedido 15 años pero fue condenado en octubre de 2017 a 11 años y 6 meses de prisión por homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego.

Con el paso de los años accedió a la libertad condicional. El beneficio comenzó a regir el 1 de marzo de 2023, cuando todavía restaba tiempo para completar aquella condena.

Pero la libertad duró poco. El 24 de junio de 2023, apenas cuatro meses después de haber obtenido el beneficio, fue allanado en el marco de una investigación por drogas. En el procedimiento se encontraron elementos vinculados a la comercialización de cocaína y marihuana.

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La pericia realizada por Gendarmería determinó que se habían secuestrado 27,47 gramos de cocaína y 136,91 gramos de cannabis, con una capacidad estimada de 77,1 dosis umbral de cocaína y más de 2.500 de cannabis. También fueron secuestradas balanzas, recortes de nylon, dinero y droga fraccionada.

La Justicia Federal lo condenó entonces a 4 años y 6 meses de prisión por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y revocó la libertad condicional que había obtenido por la condena de homicidio.

La condena por drogas de casi 5 años no se sumó de manera matemática a los 11 años y 6 meses anteriores. El Tribunal Oral Federal de Neuquén realizó una unificación y estableció una pena única de 12 años de prisión.

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Y aunque se trataba de una pena de cumplimiento efectivo, el tribunal le concedió el beneficio de la prisión domiciliaria. La resolución estableció que debía permanecer en su domicilio de Zapala, podía trasladarse a trabajar a Añelo y tenía prohibido alejarse del lugar de trabajo por motivos que no fueran laborales. También debía someterse a controles y tenía prohibido consumir drogas, tener armas o vincularse con personas del ambiente delictivo.

Entre los argumentos para concederle ese beneficio fueron ponderados su condición de sostén familiar, la existencia de sus hijos y su situación laboral y familiar.

Así, pese a acumular una condena por homicidio y otra por un delito vinculado con la comercialización de drogas, Carrasco continuó cumpliendo la pena fuera de una unidad penitenciaria. Hasta que volvió a aparecer en una causa penal.

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El nuevo episodio ocurrió el 24 de enero de 2025. En ese hecho, Maikol Sebastián Benavidez fue considerado el autor material de las lesiones y Rodrigo Lautaro Catalán y Carrasco fueron declarados partícipes necesarios. Los tres fueron responsabilizados por las lesiones graves agravadas por el uso de un arma de fuego sufridas por Luis Ángel Lerma.

Lerma recibió un disparo que le provocó una grave lesión abdominal y tuvo que ser operado. Los médicos debieron realizarle una laparotomía y resecar aproximadamente 70 centímetros de intestino delgado.

Aunque posteriormente no quedaron secuelas funcionales permanentes, el hombre relató ante el tribunal que durante su recuperación tuvo dificultades para trabajar y que el ataque modificó su vida cotidiana. También describió el temor de volver a encontrarse con las personas vinculadas al hecho y la preocupación por sus hijos, que habían presenciado el episodio.

La fiscalía había solicitado cuatro años de prisión para Carrasco por partícipe necesario del ataque armado, teniendo en cuenta sus antecedentes condenatorios, la gravedad de las consecuencias físicas y psicológicas para Lerma y las características del ataque.

Sin embargo, el Tribunal integrado por las juezas Leticia Lorenzo y Bibiana Ojeda y el juez Lisandro Borgonovo resolvió imponerle un año y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo, el mínimo de la escala penal para el delito por el que había sido declarado responsable.

En los fundamentos redactados por la jueza Lorenzo, el tribunal explicó que los antecedentes penales de Carrasco ya habían producido consecuencias jurídicas propias —entre ellas, la declaración de reincidencia— y que no correspondía utilizarlos nuevamente para incrementar la pena por el nuevo hecho.

Al momento de determinar la sanción también fueron consideradas sus circunstancias personales y las posibilidades de reinserción. Con esos elementos, los jueces entendieron que correspondía partir del mínimo legal.

Pero la condena no terminó en un año y cuatro meses. Carrasco ya tenía una pena única de 12 años de prisión, producto de la unificación de la condena por homicidio y la posterior condena federal por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Por eso, el tribunal tuvo que determinar cómo incorporar esta nueva condena a la anterior.

Y allí aparece uno de los datos más llamativos del fallo: en lugar de sumar los 16 meses completos, el tribunal consideró suficiente incrementar la pena anterior en ocho meses.

De esta manera, Carrasco pasó a tener una pena única de 12 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo. Además, el tribunal mantuvo la declaración de reincidencia que ya pesaba sobre Carrasco.

La diferencia ahora está en el modo de cumplimiento, si la condena queda firme, finalmente Carrasco le tendrá que decir adiós a la prisión domiciliaria que le había permitido la condena federal.

Así, después de una condena por homicidio, una causa por comercialización de drogas y un nuevo ataque con arma de fuego, Carrasco queda nuevamente frente a la posibilidad concreta de ingresar a una unidad penitenciaria.

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Fuente: LM Neuquén

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