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Un conductor irá preso dos años por provocar un accidente en el que murió una mujer

El juez Gustavo Castro condenó al conductor a dos años de prisión efectiva y cinco de inhabilitación para manejar, tras considerarlo responsable de un homicidio culposo y lesiones culposas graves.

Por El Chubut4 min de lectura
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Un conductor irá preso dos años por provocar un accidente en el que murió una mujer
Un conductor irá preso dos años por provocar un accidente en el que murió una mujer · Foto: Diario El Chubut

El juez Gustavo Castro condenó al conductor a dos años de prisión efectiva y cinco de inhabilitación para manejar, tras considerarlo responsable de un homicidio culposo y lesiones culposas graves.

por REDACCIÓN CHUBUT 04/09/2026 - 13.12.hs

El juez Gustavo Castro condenó este viernes 4 de septiembre a dos años de prisión de efectivo cumplimiento y cinco años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores al responsable de un siniestro vial fatal ocurrido en Trelew. El magistrado lo declaró penalmente responsable por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas graves.

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El juicio oral y público se llevó adelante durante dos jornadas, el 27 y 28 de agosto. La acusación estuvo a cargo del fiscal general Mauro Quinteros, quien sostuvo que el accidente se produjo como consecuencia de una conducción imprudente y contraria a las normas de tránsito. Para fundamentar el caso, la Fiscalía presentó pruebas testimoniales, científicas, médico-forenses y accidentológicas.

El hecho ocurrió el 16 de septiembre de 2023, aproximadamente a las 20:26, en el sector del intercambiador de Trelew. El condenado circulaba a bordo de un Peugeot 206 e ingresaba desde la Ruta Nacional N.º 3 hacia la Ruta Nacional N.º 25 cuando cruzó hacia el carril destinado al tránsito en sentido contrario.

En ese momento, impactó frontalmente contra un Volkswagen Fox. En la secuencia también quedó involucrado un Fiat Uno.

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A raíz de la colisión, la mujer que viajaba como acompañante en el Peugeot 206, y que era pareja del conductor, murió. En el mismo vehículo se trasladaba además el hijo de la mujer, de nueve años, quien sufrió lesiones de carácter grave. El conductor del Volkswagen Fox también resultó con lesiones graves.

Durante las dos jornadas de debate, la Fiscalía incorporó distintos elementos relacionados con la intervención policial inicial, la inspección ocular del lugar, los registros fotográficos, la planimetría, los daños observados en los vehículos y las consecuencias médico-forenses derivadas del siniestro.

Uno de los principales elementos utilizados por la acusación fue la declaración del perito accidentológico Federico Reynoso. El especialista reconstruyó la mecánica del accidente a partir de evidencias físicas objetivas, sin basarse en las diferentes versiones aportadas por quienes participaron del hecho y por los testigos.

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Reynoso concluyó que la causa principal y eficiente del siniestro fue la invasión del carril contrario por parte del Peugeot conducido por el condenado. Además, explicó los motivos por los cuales la hipótesis alternativa planteada durante el juicio no era compatible con los rastros encontrados, las trayectorias de los vehículos y sus posiciones finales.

La reconstrucción realizada por el perito coincidió con la hipótesis que la Fiscalía sostuvo durante el debate.

En su alegato de cierre, Quinteros reunió la evidencia testimonial, científica y pericial y sostuvo que la reconstrucción objetiva permitía determinar, más allá de toda duda razonable, que el Peugeot conducido por el imputado había invadido el carril contrario y generado la situación que terminó provocando la colisión.

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El fiscal también remarcó que, ante la existencia de versiones testimoniales contrapuestas, la resolución del caso no debía depender de la cantidad de testigos que respaldaran una u otra postura, sino de que esas declaraciones fueran compatibles con la evidencia física objetiva obtenida en el lugar del accidente.

Al momento de solicitar la pena, el fiscal general Mauro Quinteros pidió una condena de prisión y una inhabilitación especial para conducir. Su planteo fue fundamentado en las pautas establecidas por los artículos 40 y 41 del Código Penal, teniendo en cuenta las características de la maniobra realizada, la intensidad de la infracción al deber de cuidado y la magnitud del riesgo generado.

Finalmente, el juez Gustavo Castro resolvió imponer al imputado dos años de prisión de efectivo cumplimiento y cinco años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores, tras declararlo penalmente responsable por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas graves.

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Fuente: Diario El Chubut

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