Un fallo inusual lo condenó por ejercer violencia contra su pareja por medio de su hijo
El concepto es relativamente nuevo en la justicia y se llama "violencia vicaria". El condenado tiene que pagarle diez millones de pesos a su ex y hacer un curso sobre violencia de género.

En un fallo poco frecuente en la provincia, un juez de Concarán condenó a un hombre a pagar diez millones de pesos y a hacer cursos de violencia de género por lo que llamó "violencia vicaria", es decir ejercer presión contra una mujer por medio de otras personas.
En el caso concreto investigado por el Juzgado de Familia N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial determinó que fue un nene de seis años –hijos de los dos protagonistas- el vehículo para ejercer violencia sobre la mujer. Carlos Hugo Orozco, el juez, consideró que la conducta del hombre requería una sanción económica y un curso de seis meses.
El Juez Orozco realizó "un análisis integral de las constancias y pruebas incorporadas durante el proceso", que incluyó denuncias, medidas de protección, informes y audiencias en las que se ventiló la situación familiar.
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Acreditó de ese modo la existencia de "una relación desigual de poder y de hechos de violencia de género contra la mujer". "La conducta desplegada por el progenitor configuró un supuesto de violencia psicológica indirecta, denominado por la doctrina como violencia vicaria, al utilizar directamente a su propio hijo como instrumento para materializarla", dice el fallo.
El Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario del Poder Judicial determinó que existía "un riesgo moderado" de reiteración de agresiones hacia la mujer y hacia el niño y a partir de esa valoración, Orozco concluyó que "la violencia había trascendido la agresión directa hacia la mujer y que el niño había sido utilizado como medio para continuar ejerciendo control sobre ella y provocarle un daño emocional".
"Tanto la mujer como su hijo tienen derecho a una vida libre de violencia, en los ámbitos públicos como privados", señaló el juez.
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Durante el proceso se realizaron audiencias en las que se establecieron pautas vinculadas con el régimen de comunicación entre padre e hijo y tratamientos psicoterapéuticos para el niño.
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Fuente: El Diario de la República
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