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Universidades: el decreto de Milei es inconstitucional

El juez federal Martín Cormick declaró la inconstitucionalidad del decreto 759/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo había promulgado l...

Por Redacción4 min de lectura
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Universidades: el decreto de Milei es inconstitucional
Universidades: el decreto de Milei es inconstitucional · Foto: La Arena

El juez federal Martín Cormick declaró la inconstitucionalidad del decreto 759/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo había promulgado la ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente, pero condicionado su ejecución a que se determinaran las fuentes de financiamiento y se incorporaran las partidas correspondientes al presupuesto.

El magistrado hizo lugar a una acción de amparo colectivo promovida por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), universidades nacionales y docentes, y a otra demanda acumulada iniciada por la Universidad de Buenos Aires (UBA).

En concreto, cuestionó la frase incluida en el decreto que establecía que la promulgación se realizaba "sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 24.629".

Según publicó Ambito, el juez Cormick dijo que esa condición terminó funcionando como un mecanismo para frenar una ley que el Congreso había aprobado nuevamente con una mayoría de dos tercios después de que el Poder Ejecutivo la hubiera vetado.

Por esa razón, ordenó al Gobierno nacional "el cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin".

Argumentos.

Uno de los puntos centrales del fallo es el análisis que hizo el juez sobre el veto presidencial y la posterior insistencia del Congreso.

La ley 27.795 había sido aprobada por el Congreso en agosto de 2025. El Poder Ejecutivo la vetó mediante el decreto 647/25. Sin embargo, tanto Diputados como el Senado insistieron con el proyecto y reunieron los dos tercios de los votos requeridos por el artículo 83 de la Constitución Nacional. En esas condiciones, sostuvo el juez Cormick, el Poder Ejecutivo debía promulgar la ley.

"No parece existir, con posterioridad a esta insistencia, otro camino que no sea la promulgación, sin restricciones, de la Ley insistida", afirmó.

Y agregó "así se desprende de la lectura más elemental del artículo 83 de la Constitución Nacional", que establece que si ambas cámaras insisten con las mayorías agravadas, el proyecto se convierte en ley y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Para el juez, el decreto 759/2025 introdujo una condición que terminó suspendiendo los efectos de una norma que ya había sido ratificada por el Congreso.

Decreto.

El juez hizo una dura crítica a la forma en que el Poder Ejecutivo instrumentó la promulgación.

Según el fallo, la suspensión introducida por el decreto "aparece como un elemento viciado", porque carecía de una motivación suficiente y utilizaba como fundamento una norma anterior, el artículo 5 de la ley 24.629, para condicionar la aplicación de una ley posterior.

El magistrado consideró que el Congreso había contemplado mecanismos de financiamiento en el artículo 9 de la propia ley 27.795 y que, por lo tanto, no podía sostenerse que la nueva norma careciera absolutamente de previsiones sobre cómo afrontar los gastos.

En ese contexto, sostuvo que suspender la aplicación de la ley por considerar que no se habían precisado de manera suficiente las fuentes de financiamiento "deviene irrazonable".

Además consideró que el decreto terminó funcionando como una vía indirecta para volver a frenar una norma que el Congreso había ratificado. "En los términos en que fue dictado el decreto 759/2025, éste ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional", afirmó.

Gobierno apelará.

"Apelación, seguro", sostuvo un funcionario de primera línea del Gobierno ante Noticias Argentinas cuando se le preguntó por los próximos pasos del oficialismo en torno al último fallo relacionado a la Ley de Financiamiento Universitario.

En la gestión Javier Milei hay una sola idea: dilatar tiempos para no cumplir con la normativa.

Si bien en la administración libertaria se está discutiendo cómo cumplir con los fondos que marca el texto que tuvo insistencia parlamentaria en 2025, por el momento se apuesta a la apelación sistemática de las determinaciones judiciales. Con una narrativa: "No hay plata" para cumplir con una ley que "sabotea" el superávit fiscal.

Quedan interrogantes en torno a que rol jugará el ministro de Economía, Luis "Toto" Caputo. Porque, directamente, es el dueño de la lapicera que puede liberar las partidas para zanjar el conflicto.

Pero su entorno dice que es un fundamentalista del déficit cero y que quiere esperar el desarrollo judicial de la ley. Sobre el impacto fiscal, la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) calculó que el texto sancionado equivale al 0,23% del Producto Bruto Interno (PBI).

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Fuente: La Arena

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