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Zafaron los exministros de Omar Gutiérrez en la causa Viento Sur: "La acusación era una bolsa de gatos"

Una jueza los sobreseyó y no irán a juicio por el desvío de fondos e insistió en que era el gobernador quien tendría que estar imputado y no sus funcionarios.

Por LM Neuquen9 min de lectura
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Zafaron los exministros de Omar Gutiérrez en la causa Viento Sur: "La acusación era una bolsa de gatos"
Zafaron los exministros de Omar Gutiérrez en la causa Viento Sur: "La acusación era una bolsa de gatos" · Foto: LM Neuquén

Una jueza los sobreseyó y no irán a juicio por el desvío de fondos e insistió en que era el gobernador quien tendría que estar imputado y no sus funcionarios.

Zafaron los exministros de Omar Gutiérrez en la causa Viento Sur: "La acusación era una bolsa de gatos"

Durísimo fallo de la jueza Natalia Pelosso, encargada de realizar el control de acusación en la causa de las organizaciones sociales de la cooperativa Viento Sur, y los dos exministros de Desarrollo Social del exgobernador Omar Gutiérrez, Abel Di Luca y Germán Chapino. Solo el líder Diego Mauro irá a juicio y los demás fueron sobreseídos, y en algunos casos, con suspensión de juicio a prueba. Es por los supuestos desvíos de 1.208 millones de pesos.

"Es una bolsa de gatos", dijo la jueza, en referencia a cómo se armó la acusación por parte del Ministerio Público Fiscal. Sostuvo que ese dinero fue a parar a los bolsillos de los más humildes, y que nadie se enriqueció con la supuesta maniobra.

Además, indicó que no hubo connivencia entre la cooperativa y los funcionarios públicos, y aclaró que los exministros solo refrendaron el decreto 1672/22 que creaba el programa de capacitación, pero que la voluntad política era del gobernador. En este caso de Gutiérrez, que nunca fue imputado, y hasta la fiscalía consideró que no tenía pruebas para hacerlo.

La jueza de Gaantías Natalia Pelosso.

Es decir, que la causa por el desvío de fondos de capacitación quedó reducida a su mínima expresión. Pelosso cerró la audiencia de control de acusación con una resolución que dejó fuera del proceso a los exministros, sobreseyó parcialmente a varios imputados, concedió la suspensión del juicio a prueba a otros y envió a debate únicamente a Mauro, señalado como referente de la cooperativa.

La fiscalía, a través dePablo Vignaroli, anticipó que apelará.

Pero más allá del resultado, lo que resonó en la sala fue el tono. La magistrada calificó la pieza acusatoria del Ministerio Público Fiscal y de la Fiscalía de Estado como "carente de toda seriedad y rigorismo técnico". También advirtió que ese trabajo "tiene nombres y apellidos, todos integrantes del Ministerio Público Fiscal".

Pelosso sostuvo que la pena es el instrumento más violento que tiene el Estado para resolver conflictos. Desde allí, indicó que las garantías constitucionales existen "para evitar que el Estado, a través de sus diferentes poderes, cometa arbitrariedades en contra de los ciudadanos".

Las organizaciones sociales afuera de Ciudad Judicial esperando el fallo de la jueza de Garantías, en la audiencia de control de acusación.

Y anticipó las críticas: "Podrá alguien en esta sala decir o pensar que hasta acá no estoy diciendo nada. Probablemente pensarán así aquellos para quienes las garantías no existen o piensan que solo se aplican en relación a un grupo social".

La jueza recordó que la investigación duró dos años y que, cerrada esa etapa, la fiscalía debía llegar con evidencia suficiente para sostener cada hecho, el rol de cada imputado y la calificación legal.

Por eso, explicó, desde el primer día exigió a los acusadores que vincularan cada prueba ofrecida con la plataforma fáctica. Lo que encontró, dijo, fue una acusación "contradictoria en sí misma" y "una especie de gran bolsa de gatos".

Se derrumbó la teoría del pago de 10 millones de pesos a la cooperativa, previo a la firma del decreto 1672. Según relató la jueza, el fiscal jefe (Paglo Vignaroli) fue consultado por la evidencia de ese pago. Lo atribuyó a todos los imputados por el solo hecho de que el ministro estaba en el cargo. Para Peloso, se trató de "una atribución meramente objetiva", contraria a un derecho penal de actos.

El fiscal Pablo Vinaroli junto al representante de Fiscalía de Estado, Gustavo Kohon.

La fiscalía había retirado la acusación por ese hecho respecto de todos los imputados. "Bastó con mover un poco las piedras para que la verdad comenzara a salir a la luz", disparó la magistrada, que dictó el sobreseimiento general por ese punto.

El pasaje más filoso llegó al analizar el decreto 1672. Lo firmó el 18 de agosto de 2022 el entonces gobernador Omar Gutiérrez y lo refrendó el ministro Di Luca, en un contexto que la propia fiscalía describió como de tensa conflictividad social. En esa época se cortaban las calles, y la Avenida Argentina, y las organizaciones sitiaban la ciudad.

"Un decreto es ley", remarcó Peloso, y agregó que no hace falta un testigo para conocer su contenido porque es público. Según la jueza, el propio texto del decreto y el convenio modelo preveían que la organización remitiera un padrón de beneficiarios con el monto asignado a cada uno. Eso, dijo, desarma el "marco de sospecha" que se pretendió instalar.

También dijo que si se considera que ese esquema distorsionaba la finalidad del programa, eso implicaría cuestionar el decreto desde su origen, y "en tal caso se debía sindicar al por entonces gobernador (Gutiérrez) como ideólogo del mismo e imputarlo, y ello no sucedió".

Los abogados de la defensa.

La magistrada subrayó que los ministros no firmaron el decreto, sino que lo refrendaron, y que la voluntad plasmada en esa norma era la del gobernador, no la de los ministros.

Sobre la supuesta falta de control del dinero, Pelosso señaló una contradicción interna de la acusación. La propia pieza fiscal consignaba que los pagos se hacían por la Dirección Provincial de Administración, previo control de la Contaduría General. Los informes desfavorables, explicó, no se notificaban personalmente al ministro y no hubo ninguna "insistencia ministerial" verificada para pagar pese a esas objeciones.

La jueza retomó un planteo de la defensa de Di Luca, al que adhirió la de Chapino, para exponer "el absurdo": la Contaduría le decía al ministro que no pagara y luego aparecía la contadora de la provincia firmando órdenes de pago. "No tienen cómo probar que los ministros sabían que había irregularidades", concluyó.

Peloso admitió que no fue sencillo adoptar la decisión, pero fue tajante sobre su rol. "Mi función no es esforzarme por salvar o sostener el evidente trabajo no ajustado a derecho de la acusación. Mi función aquí es velar por el respeto estricto de las garantías constitucionales", djjo.

También cuestionó el intento de introducir el concepto de "coadministradores" a mitad de la audiencia, planteado por el fiscal Vignaroli. La jueza ya lo había rechazado sin que los acusadores hicieran reserva alguna. La acusación, insistió, "no puede incorporar cuestiones novedosas y sorprender a las partes".

Respecto de los integrantes de la cooperativa, la jueza descartó la coautoría que pretendía la fiscalía. Según su análisis, fue Mauro quien, una vez recibido el dinero, planificó cómo gastarlo, y las demás imputadas cumplían sus órdenes según sus roles en la entidad.

Por eso encuadró la participación de Sonia Barrios y Miriam Larroza Velázquez como primaria. La de Betsabé Valencia Navarrete y Gabrielasupichich y Federico Sánchez, entre otros, la calificó como secundaria, conductas "perfectamente prescindibles" que, según dijo, involucraban entre el 0,4 y el 0,5 por ciento del monto total transferido.

Además, dictó el sobreseimiento de dos imputadas al considerar que la fiscalía no contaba con información suficiente para establecer "quién hizo qué".

Mauro llegará al debate como presunto autor de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, aunque con la acusación recortada.

Pelosso lo sobreseyó parcialmente por las transferencias posteriores al 22 de diciembre de 2023, fecha en que Chapino dejó el cargo, porque estaban fuera del período imputado. También lo sobreseyó por un plazo fijo de 2 millones de pesos en el Banco Credicoop, al no poder acreditarse que ese dinero proviniera de los fondos del programa.

La defensa pidió la suspensión del juicio a prueba para sus asistidos. La fiscalía se opuso al calificarlo como "un hecho de corrupción importante". La jueza, en cambio, consideró que esa oposición no estaba fundada caso por caso y la calificó de "irracional". Recordó que la probation es un derecho del imputado y no una facultad discrecional del Ministerio Público Fiscal.

Entre las condiciones fijadas figuran un plazo de un año y seis meses, control trimestral de la Dirección de Población Judicializada y ocho horas mensuales de tareas comunitarias no remuneradas. También se establecieron reparaciones económicas de 2 millones de pesos en cuotas en el caso de Suppicich, y de 3 millones para Sánchez

El fiscal Pablo Vignaroli anticipó que apelará la resolución. De esta manera, el fallo de Peloso deberá ser revisado por el Tribunal de Impugnación antes de quedar firme. Hasta entonces, el sobreseimiento de los exministros y el recorte de la acusación contra los integrantes de la cooperativa quedan sujetos a esa revisión.

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Fuente: LM Neuquén

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