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Condenaron sin cárcel a un hombre por abusar de una menor con la que convivía

Fue declarado culpable mediante un juicio abreviado y recibió una pena de tres años de prisión en suspenso. También deberá cumplir una prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.

Por Redacción Diario de Cuyo2 min de lectura
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Condenaron sin cárcel a un hombre por abusar de una menor con la que convivía
Condenaron sin cárcel a un hombre por abusar de una menor con la que convivía · Foto: Diario de Cuyo

Fue declarado culpable mediante un juicio abreviado y recibió una pena de tres años de prisión en suspenso. También deberá cumplir una prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.

Tribunales.

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La Justicia de San Juan condenó este lunes a tres años de prisión de cumplimiento condicional a un hombre, tras determinar su responsabilidad en un caso de abuso sexual simple agravado por la convivencia, ocurrido en el departamento de Rawson.

La condena se resolvió mediante un juicio abreviado, luego del acuerdo alcanzado entre el Ministerio Público Fiscal, el imputado y su defensa. La audiencia se realizó este lunes y la jueza de Garantías hizo lugar al acuerdo y declaró al acusado culpable.

Según quedó establecido durante el proceso, el hecho ocurrió a comienzos de 2021, en el interior de una vivienda familiar de Rawson. El hombre se habría aprovechado de la convivencia y de la relación de confianza que mantenía con la víctima.

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De acuerdo con los hechos acreditados, mientras la menor se encontraba sentada, el hombre se acercó por detrás, introdujo una mano por debajo de la musculosa que llevaba puesta y le tocó los pechos.

La investigación estuvo a cargo de la fiscal Ingrid Schott, con la intervención de las ayudantes fiscales Laura Maldonado y Gabriela Molina, y la colaboración de la fiscal Gisela Pons.

Además de la pena de tres años de prisión en suspenso, la jueza dispuso que el condenado cumpla las reglas de conducta previstas por el Código Penal. Entre ellas se encuentra la prohibición de acercarse o mantener cualquier tipo de contacto con la víctima, tanto de manera directa como a través de terceros.

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También se estableció la prohibición de realizar cualquier acto turbatorio respecto de la víctima, como parte de las condiciones que deberá cumplir durante el período fijado por la Justicia.

Fuente: Diario de Cuyo

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