Misiones deberá transparentar cada peso que ingrese y se distribuya del Fondo Especial del Tabaco
La Ley VIII - N° 123 que promulgó este jueves el Gobierno Provincial crea un Portal de Transparencia del FET y obliga a publicar montos, destinatarios y destino de los fondos dentro de las 72 horas de cada acreditación o transferencia.

Misiones promulgó la Ley VIII - N° 123 que establece mecanismos obligatorios para la transparencia, publicidad y trazabilidad de los recursos que llegan del Fondo Especial del Tabaco (FET). A partir de la incorporación de nuevos artículos a la Ley VIII Nº 44, el Ejecutivo deberá informar públicamente cuánto dinero recibe, cómo se distribuye, quiénes son las y los productores beneficiarios y cuál es el destino específico de esos recursos.
Consecuentemente, la norma crea un Portal de Transparencia del Fondo Especial del Tabaco, que funcionará como un sitio web oficial de acceso público y gratuito. La información deberá estar disponible para cualquier persona, sin necesidad de registrarse ni justificar el motivo de la consulta.
El nuevo régimen adquiere particular relevancia a partir del próximo desembolso del FET anunciado por la gestión el día de ayer, que contempla $8.612 millones para el sector tabacalero. El pago corresponde al Pago Nº 6/2026 – Adelanto 01 del Plan Operativo Anual (Caja Verde 2026) y estará disponible desde el 10 de septiembre.
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El desembolso alcanzará a 12.050 productores tabacaleros de toda la provincia, correspondientes a las producciones de tabaco Burley, Criollo Misionero y Criollo Argentino. La producción computada para este pago asciende a 43.621.799 kilogramos, mientras que el precio promedio establecido es de $197,42 por kilogramo.
Datos de acceso público
Uno de los puntos centrales de la nueva legislación publicada este jueves en el Boletín Oficial establece que, dentro de las 72 horas hábiles posteriores a la acreditación de los recursos en la cuenta provincial, la autoridad de aplicación deberá publicar tres datos básicos: el monto recibido, la fecha de acreditación y el concepto y período al que corresponden los fondos.
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Pero la obligación no se limita al ingreso del dinero a las cuentas provinciales. También deberán publicarse los actos administrativos mediante los cuales se disponga la asignación, transferencia o aplicación de los recursos del FET.
En esos casos, la información deberá incluir la identificación del acto administrativo y, cuando corresponda, del expediente que lo sustenta; la identificación de la persona, organismo o entidad que recibe los fondos; el monto transferido; el destino específico y el programa, plan, proyecto o concepto en cuyo marco se utiliza el dinero.
De esta manera, la ley apunta a que pueda seguirse el recorrido de los recursos desde su ingreso a la provincia hasta su aplicación final.
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Información disponible durante diez años
El nuevo Portal de Transparencia deberá presentar los datos en formato abierto, de fácil acceso y comprensión, de modo que puedan ser consultados, descargados y reutilizados por cualquier persona.
En su artículo 5, la legislación establece que la información deberá permanecer publicada durante un período no inferior a diez años, lo que permitirá construir una serie histórica de las transferencias, asignaciones y aplicaciones de los recursos del Fondo Especial del Tabaco.
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La autoridad de aplicación será el Ministerio del Agro y la Producción, a cargo de Facundo López Sartori, que tendrá a su cargo la implementación del sistema y podrá dictar las normas complementarias necesarias para ponerlo en funcionamiento.
El primer desembolso bajo el nuevo esquema
El anuncio del pago de $8.612 millones permitirá observar cómo operará en la práctica la nueva obligación de transparencia.
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Si la acreditación de los recursos se produce en los términos anunciados y se computan las 72 horas hábiles establecidas por la ley, la información correspondiente debería quedar disponible públicamente dentro de ese plazo, es decir para el 13 de septiembre próximo.
Fuente: El Territorio
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