Cambian las condiciones de los seguros para el transporte interjurisdiccional de pasajeros
La Superintendencia de Seguros estableció nuevas condiciones para las coberturas de responsabilidad civil del transporte interjurisdiccional

La Superintendencia de Seguros de la Nación estableció un nuevo esquema para la comercialización de los seguros de responsabilidad civil correspondientes a determinados vehículos destinados al transporte de pasajeros.
A través de la Resolución Sintetizada 300/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo determinó que las coberturas para los vehículos de transporte interjurisdiccional, los servicios de oferta libre y aquellas unidades que no estén comprendidas dentro de la definición de "servicio público" deberán ajustarse a las condiciones contractuales generales y uniformes de uso obligatorio previstas en el Reglamento General de la Actividad Aseguradora.
La decisión alcanza a los vehículos comprendidos dentro de la reorganización normativa del transporte impulsada a partir de los decretos nacionales 830/2024 y 883/2024, junto con las resoluciones posteriores de la Secretaría de Transporte.
También te puede interesar: Una campaña de salud reveló alteraciones respiratorias en pobladores de El Bolsón y Lago Puelo
En términos prácticos, la medida obliga a las aseguradoras a comercializar estas pólizas bajo un modelo contractual estandarizado, en reemplazo de los regímenes especiales o de las condiciones que se venían aplicando hasta ahora.
Uno de los puntos centrales de la resolución establece que, desde su entrada en vigencia, las coberturas alcanzadas no podrán renovarse bajo las mismas condiciones anteriores.
Esto significa que las pólizas actualmente vigentes continuarán hasta su vencimiento, pero, al momento de renovarlas, deberán adaptarse al nuevo marco contractual dispuesto por la Superintendencia de Seguros.
También te puede interesar: Dalma Maradona emocionó a un avión repleto de hinchas con un gesto que recordó a Diego
La normativa no elimina la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil, sino que modifica las condiciones bajo las cuales deberá ser contratado y comercializado.
La cobertura apunta a responder por los daños que pudieran sufrir pasajeros o terceros como consecuencia de un siniestro vial en el que intervengan los vehículos alcanzados por la resolución.
La Superintendencia también dejó sin efecto distintas disposiciones que regulaban este tipo de seguros desde la década de 1990.
También te puede interesar: Murió a los 32 años Joaquín Cabrales, integrante de la histórica familia empresaria del café
La resolución derogó la Circular 3.449/1996, la Resolución 26.132/1998 y varios apartados de la Resolución 25.429/1997, entre ellos los artículos 12, 12 bis y 14.
Con esta decisión, el organismo busca adecuar la normativa aseguradora a los cambios introducidos en la regulación del transporte de pasajeros y eliminar disposiciones asociadas al antiguo régimen de servicio público.
La Resolución 300/2026 entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.
Fuente: Primera Edición
- #nacionales
- #cambian
- #seguros
- #transporte
- #interjurisdiccional
- #pasajeros
- #misiones


